Comentaba en el post anterior, las modificaciones en la oblea o Símbolo Internacional de Acceso del Automotor. Y en uno de los comentarios, Claudia me planteaba el tema de las multas por mal estacionamiento… "Cómo demostrar que en esa oportunidad, ese automotor transportaba a una persona con discapacidad, por lo que tenía el estacionamiento permitido…?"
Con el sistema anterior (oblea pegada en el parabrisas del auto), por sugerencia de mi hermano (un genio!), hice una nota en el edificio mal llamado "Mercado del Plata" (Carlos Pellegrino al 200 – CABA, si mal no recuerdo fue en el 9no piso) y allí presenté toda la documentación de Valen y del auto y dejaron de llegarme las multas (de capital por supuesto!).
Aparentemente, las "foto multas", las realiza una empresa privada, por eso las envían directo a los domicilios. Al hacer este trámite, el GCBA le avisa a la empresa que esas multas deben ser enviadas a ellos, y parece ser, que ellos las pagan… (o sea TODOS los porteños a través de sus impuestos).
Ahora veré si el mismo trámite me sirve para este auto... Después les cuento!
Por otro lado, al tramitar la exención de Patente, solo se hace para un automóvil, si es el que se usa regularmente para transportar a la persona con discapacidad, éso debería alcanzar...
El problema surge cuando se utilizan diferentes vehículos...
Saluditos!!!
Fabi
La inclusión de Nicolau
Hace 4 horas







1 comentarios:
Fabi, acá hay que tener el sticker ( que creo que lo puede conseguir cualquiera) pero si en las Intendencias te dan un papel que se pone en el parabrisas que identifica el uso del estacionamiento.
Lamentablemente acá no se multa, como se debe a aquellas personas que no precisan del mismo y se aprovechan dejando sin lugar a aquel que si lo necesita.
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